Primero de todo, tienes que saber que el SAT se trata de una dependencia de la Administración Pública Federal que se encarga de la recaudación de impuestos y de la vigilancia del cumplimiento de las obligaciones fiscales en México. Si te preguntabas qué entidad se encarga de revisar nuestro pago de impuestos y nuestras declaraciones, el SAT es la respuesta.
De acuerdo con el SAT, toda persona que concluya sus estudios, comience su vida laboral, empiece un negocio o se considere como nuevo contribuyente necesita darse de alta en el portal de la secretaría. Ahí se obtendrá el Registro Federal de contribuyentes (RFC) con el cual serás identificado como una persona que realiza una actividad económica y debe contribuir con el gasto público ante el SAT.
Seguro que tienes más preguntas respecto a esto, como por ejemplo, cómo puedes consultar tus deudas con el SAT y a partir de ahí qué tienes que hacer para pagarlas.
¿Cómo inscribirte?
Es necesario el trámite del RFC, el cual sirve para identificar a los contribuyentes y está compuesto por nombre completo, apellido, fecha de nacimiento y por una homoclave asignada por el SAT.
Para acceder a los servicios del SAT puedes optar por la firma electrónica, la cual tiene una vigencia de 4 años y es muy importante para realizar cualquier trámite en el SAT y en otras instituciones como, por ejemplo, bancos. Es un conjunto de archivos que se compone por el certificado, llave privada y contraseña.
Otro medio de acceso a los servicios del SAT, aparte de la firma electrónica, es la contraseña del RFC. Permite hacer consultas y presentar declaraciones ante el SAT; a diferencia de la firma electrónica, no puede ser usada en trámites externos.
¿Cómo saber si tengo alguna deuda con el SAT y cómo pagarla?
Las personas físicas y morales que deseen consultar o pagar los adeudos fiscales podrán realizarlo en dos modalidades: presencial o en línea. Además, el SAT permite que este trámite se realice cuando el contribuyente lo requiera y es gratuito.
Afortunadamente el SAT cuenta con servicio en línea en el cual puedes consultar y pagar tus adeudos fiscales vía Internet.
Si lo haces de manera online, estos son los pasos que debes seguir:
- Entra al portal del SAT en el apartado “Consulta y paga tus adeudos fiscales si estás inscrito al RFC”.
- Da clic en el botón “INICIAR”.
- Registra en Mi Portal, tu RFC, Contraseña y elige Iniciar Sesión.
- Ingresa al apartado Créditos Fiscales / Servicios / Formato para pago (total) y aparecerá un listado de los créditos que tienes pendientes de pago; sobre el recuadro selecciona uno o más créditos fiscales que desees pagar.
- Selecciona el botón “Generar formato para pago”, o “Cancelar” en caso necesario.
- Guárdalo o imprímelo para su pago.
- Consulta la sección “Información Adicional\’\’, para que conozcas otras modalidades para obtener tu formato para pago de contribuciones federales (línea de captura).
Si lo haces de manera presencial:
- Presenta la documentación a la autoridad que te orientará en el trámite.
- Genera la línea de captura en la sala de internet con apoyo del personal del módulo.
- Solicita la línea de captura en la ventanilla asignada.
- Recibe impreso el formato con línea de captura.
- Ingresa a tu portal bancario o acude a la ventanilla de la institución bancaria para realizar el pago correspondiente.
¡Y listo! Tienes que saber que es muy importante estar al día con tus obligaciones fiscales ya que de no hacerlo, existen diversas sanciones como ser reportado en el buró de crédito, embargar tus cuentas bancarias o de inversión o que tus datos se publiquen en la lista de deudores.
¿Se puede pagar de manera parcial?
Sí. Para ello, tendrás que presentar una solicitud y seguir los siguientes pasos:
- Ingresar al portal del SAT y dar click en el botón \”Iniciar\”.
- Acceder con tu RFC y contraseña.
- Seleccionar la opción \”Servicios por internet\”.
- Posteriormente selecciona la opción \”Servicios o solicitudes\”, y haz click en \”Solicitud\”, donde aparecerá un formulario.
Si te decides por esta opción, puedes revisar el estatus de la solicitud en un plazo de 10 días hábiles, para verificar si se solicitó información adicional.
Por otro lado, ¿cómo puedo saber a qué régimen fiscal pertenezco?
Usualmente las personas asalariadas (que prestan sus servicios y conocimiento para desempeñar un trabajo) son personas físicas y estas se clasifican de acuerdo con sus actividades e ingresos. Para saber a cuál perteneces, puedes fijarte en lo siguiente:
- Régimen Simplificado de Confianza: si realizas actividades empresariales, profesionales o que otorguen el uso de bienes. Estas no pueden exceder la cantidad de tres millones quinientos mil pesos.
- Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de plataformas tecnológicas.
- Régimen de arrendamiento: si eres dueña de un bien inmueble como una casa, edificio, departamento, local comercial, terreno o bodega y autorizas el uso a otras personas por un tiempo determinado, con fines establecidos a cambio de una renta.
- Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales: tributan todas las personas físicas que obtienen sus ingresos por actividades comerciales (restaurantes, cafeterías, escuelas, farmacias, entre otros), industriales (en el área de la construcción), enajenación de bienes, autotransporte sin importar el monto de los ingresos que reciban, así como los que presten sus servicios como médicos, abogados, contadores.
- Persona moral: es el conjunto de personas físicas que se unen para la realización de un fin colectivo. No tienen una realidad material o corporal (no se pueden tocar como en el caso de una persona física), sin embargo, la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones.
¡Y eso es todo! Para conocer más sobre estos temas puedes visitar nuestro blog.
Por otro lado, ten en cuenta que lo importante es estar al día de todos tus movimientos económicos. Una vez sepas si tienes alguna deuda con el SAT, tienes que contemplar las opciones para hacerle frente. Una de ellas es pedir un préstamo, pero no uno cualquiera, sino uno que se ajuste a tus necesidades. Si quieres saber más sobre esto y asesorarte, haz click aquí.