Monotributo: nuevos topes para el 2023

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El monotributo, es un régimen de facturación de la Adminsitración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que te permite registrar tu actividad comercial y emitir facturas por los productos que vendes o servicios que ofreces. El monotributo nacional consiste en abonar una cuota fija mensual que contiene un componente impositivo (IVA y Ganancias) y otro previsional (aportes a la jubilación y obra social). También existe el monotributo social que promueve la inserción de emprendedores en situación de vulnerabilidad y el monotributo promovido pensado para ayudar a trabajadores que recién se inician en una actividad económica. 

Para poder inscribirse se deben cumplir con determinados parámetros En el caso del monotributo nacional son de facturación anual, superficie de locales, energía eléctrica consumida y el monto del alquiler del local. Según esos valores y específicamente sobre los ingresos anuales se determina a qué categoría -cuenta con diferentes categorías, de la “A” a la “K”- pertenece el aportante y el monto que debe pagar.

Podés ser monotributista si:

  • Vendes productos que no superen los $4.662.015,87 ingresos brutos anuales o prestas servicios, en este caso el monto máximo es $3.276.011,15.
  • Integrás una cooperativa de trabajo.
  • Formás parte de una sucesión que continúa realizando la actividad de una persona física fallecida que fue monotributista hasta que finalice el mes en que se dicte la declaratoria de herederos, se declare la validez del testamento o se cumpla un año del fallecimiento. 

No podés ser monotributista si realizaste importaciones de cosas muebles y/o servicios para comercializar en los últimos 12 meses, desarrollas más de 3 actividades simultáneas o el precio máximo unitario de venta de tus productos supera los $49.646,21.

Todo lo que tienen que saber antes del 2023

A partir de enero se actualizarán los montos de la facturación anual máxima para poder estar en el régimen del monotributo. Si el contribuyente se dedica al comercio, será de $8.040.975 mientras que el tope será $5.650.415 en el caso de que preste servicios. Son un 72,48% más altos que los que rigieron en el primer semestre de este 2022, es decir, que el reajuste anual fue por debajo de la inflación. Pero, según la normativa vigente que rige desde el 2018, las facturaciones máximas del monotributo, tanto de cada una de las categorías como también la que determina el umbral para estar en el sistema, se actualizan según el índice acumulado de movilidad jubilatoria del año previo. Al estar por debajo de la inflación perjudicaría a quienes están en las categorías más altas. Como en julio hubo un reajuste, la variación de ingresos máximos corresponde al porcentaje equivalente a la suba de haberes previsionales en un semestre, es decir, un 33,58%. 

Cómo quedarán las categorías

Los ingresos anuales máximos para estar en las categorías A, B y C tendrán 114,43% de actualización anual y pasarán a: 

  • A: $999.689 (un promedio mensual de $83.307).
  • B: $1.486.024 (un promedio mensual de $123.835).
  • C:$2.080.433 (un promedio mensual de $173.369) 

En la categoría D, la suba anual será de 93,45% y el monto tope quedará en $2.583.802, el promedio mensual rondará los $215.317.

El resto de las categorías se indexarán por el reajuste de 72,48% anual, que dejaría los siguientes topes:

  • E: $3.042.531
  • F: $3.803.164
  • G: 4.563.797
  • H: $5.650.415
  • I: $6.324.118
  • J: 7.247.744
  • K: $8.040.975

Como todos los años, en enero los monotributistas deberán hacer el trámite de recategorización en la página web de la AFIP. Es en este momento cuando deben revisar su posición dentro de la tabla y modificarla en caso de ser necesario. Para esto, deberán mirar los valores actualizados y compararlos con la facturación de los últimos 12 meses. Además de tener en cuenta la facturación para la recategorización  también se tiene en cuenta el consumo de energía eléctrica, ingresos brutos, los alquileres devengados y la superficie destinada a la actividad según el cuadro completo con las categorías.

En caso que tu facturación anual sea mayor a la del límite que tiene establecido tu categoría pero menor al límite de la mayor categoría, el sistema te ascenderá y deberás empezar a pagar la cuota correspondiente a tu nueva categoría. Sin embargo, es importante tener en cuenta que si el monotributista declara una mayor facturación anual en la web del monotributo es posible ascender de categoría con beneficios. Generalmente suele pagar una cuota menor a la que le correspondería en caso de ser recategorizado automáticamente. 

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