Declaración de renta 2023: todo lo que debes saber

La declaración de renta 2023 del año gravable 2022 comienza a partir del 9 de agosto; conoce todo los requisitos en este artículo.

A partir del 9 de agosto y hasta el 19 de octubre, los contribuyentes colombianos podrán hacer su declaración de renta 2023 del año gravable 2022. Para esto deben tener en cuenta que la declaración se hará de acuerdo al último dígito del NIT o la cédula de ciudadanía. 

Quiénes deben realizar la declaración de renta 2023

Según la Dian (Dirección Nacional de Impuestos y Aduanas Nacionales), las condiciones de las personas que deben declarar renta este año son: 

El patrimonio bruto al finalizar el año gravable 2022 sea igual o mayor a $171.018.000

Los ingresos totales sean iguales o mayores a $53.206.000

Los consumos con la tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $53.206.000

El valor total de las compras y consumos sean iguales o mayores a $53.206.000 o que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones sean iguales o superiores a ese monto. 

Documentos para la declaración de renta 2023

Para poder realizar este trámite, primero debes estar inscrito en la Dian y luego tener en cuenta lo siguiente:

Patrimonio

  • Certificados o extractos de los saldos de las cuentas de ahorro y corrientes emitidos por entidades financieras.
  • Certificados de las inversiones emitidos por las entidades donde se constituyó la inversión (CDT, bonos, inversiones obligatorias, etc)
  • Declaración o estado de cuenta del impuesto predial de los bienes 
  • Escritura de adquisición de los bienes inmuebles o certificados de instrumentos públicos
  • Factura de compra o algún documento que conste el valor de adquisición de los vehículos
  • Relación de los muebles, maquinaria y equipo, por su valor de adquisición, más adiciones y mejoras
  • Certificado de avalúo técnico de los bienes incorporales como: derechos de autor, propiedad industrial, artística, científica, etc. 
  • Letras, pagarés, hipotecas y otros documentos que respalden cuentas por cobrar 

Ingresos

Si perteneces o has pertenecido a las Fuerzas Militares o de Policía deberás adjuntar: 

Certificado de salario básico si fue oficial o suboficial de las Fuerzas Militares, de la Policía o agente de la Policía Nacional 

Certificado de bonificación por retiro voluntario en caso de ser ciudadano colombiano que haya integrado las reservas oficiales de primera y segunda clase de la Armada Nacional, y haya desempeñado funciones como: oficial, tripulante en empresas marítimas nacionales de transporte público o trabajos marítimos especiales.

Certificado de indemnización por accidente de trabajo o enfermedad, maternidad, gastos de entierro, seguro por muerte, entre otros.

Certificado de prima especial y de costo de vida para los servidores públicos, diplomáticos, consulares y administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
En caso de no pertenecer a ninguna Fuerza o servidor público presentar los siguientes certificados: 

  • Indemnizaciones sustitutivas de la pensión o devoluciones de saldos de ahorro pensional 
  • Ingresos, retenciones por pagos laborales y rentas de trabajo
  • Cálculo promedio del salario recibido en los últimos seis meses.
  • Ingresos por honorarios, comisiones y servicios
  • Pago de recompensas.
  • Dividendos y participaciones recibidos durante el año, expedidos por las sociedades de las cuales es socio o accionista
  • Pagos de indemnizaciones por seguros de vida.
  • Ingresos recibidos durante el año en concepto de utilidades repartidas por sociedades liquidadas.
  • Ingresos recibidos por concepto Incentivo a la Capitalización Rural.
  • Pagos por concepto de alimentación, realizados por el empleador.
  • Exenciones para extranjeros contempladas en tratados o convenios internacionales.  Concepto de dividendos y participaciones recibidos en el año.

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