Un asalariado, según el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es “aquella persona física que percibe salarios y demás prestaciones derivadas de un trabajo personal subordinado a disposición de un empleador”.
Los asalariados tienen obligaciones ante el organismo tributario que deben respetar y por eso es importante conocerlas.
Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
Es tu empleador quien debe inscribirte en el RFC, pero es tu obligación entregarle los datos y documentos necesarios para que lo haga. También puedes realizar tú mismo el trámite.
Recuerda comprobar estar inscripto en el RFC apenas comiences a trabajar. Además, debes tener actualizada tu información:
- Cambio de domicilio.
 - Cambio de obligaciones. Aplica cuando cambias de actividad económica o modificas una obligación (ej.: presentación de declaraciones).
 - Suspensión o reanudación de actividades.
 
Declaración anual
Durante el mes de abril, los asalariados deben presentar su declaración anual en tanto cumplan con alguno de los siguientes requisitos:
- Contar con ingresos superiores a 400 mil pesos en el año.
 - Haber trabajado por más de un patrón en el mismo año.
 - Haberle solicitado por escrito al empleador que no solicite tu Declaración Anual.
 - Haber cesado de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año en transcurso.
 - Haber prestado servicios por salarios a personas que no efectúan retención (ej.: embajadas).
 - Contar con otros ingresos acumulables, por fuera de salarios (ej.: arrendamientos u honorarios)
 - Contar con ingresos por jubilación, liquidación o indemnización laboral.
 
A su vez, quedan exceptuados de presentar la declaración ante el SAT quienes cumplan con alguno de estos dos requisitos:
- Contar con ingresos exclusivamente por salarios de un solo empleador que te haya emitido CFDI de nómina por la totalidad de los ingresos y no te resulte impuesto a cargo en la declaración anual.
 - Contar con ingresos que no sean superiores a los 20 mil pesos de Instituciones que componen el Sistema Financiero.
 
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