El plazo para presentar la declaración jurada del IRPF (Impuesto a la Rentas de las Personas Físicas) de 2023 ya comenzó a correr.
Esta presentación debe hacerse ante la Dirección General Impositiva de Uruguay (DGI) y le corresponde a personas físicas y jurídicas que cumplen determinados requisitos.
El pago de las devoluciones que provengan de esta declaración jurada se empezará a realizar a partir de julio.
Declaración jurada IRPF para rentas de capital
Están obligados a presentarla aquellas personas que:
- Hayan generado ingresos por arrendamientos que no fueron objeto de retención y que no hayan realizado anticipos
- Hayan obtenido ingresos provenientes de las demás rentas de capital (incrementos patrimoniales, intereses, etc.) que no fueron retenidas.
Estas personas deberán presentar el Formulario 1101. Una vez completado, van a poder presentarlo de las siguientes formas:
- En un CD o pendrive que podrán presentar en las entidades colaboradoras (Abitab y RedPagos)
- Si posee clave obtenida anteriormente en DGI o redes de cobranza, podrá enviarla a través de la web. Si no recuerda su clave, la persona puede entrar a “olvide mi contraseña”, donde podrá recuperar su clave DGI a través del correo electrónico que registró previamente.
- En el caso de tener una identidad digital, va a poder enviarla por web entrando a la sección de Servicios en Línea con su usuario y clave. Una vez ingresado, dentro de la opción “declaraciones” deberá seleccionar “envío de declaraciones con usuario registrado”.
Declaración jurada IRPF para trabajadores
Los trabajadores dependientes que hayan superado en el periodo de enero – diciembre 2022 los $840.345 y que cumplan algunas de estas condiciones:
- No hayan generado ingresos en diciembre de 2022
- Hayan tenido ingresos de más de una institución
- Hayan optado por reducir 5% en los anticipos del régimen de Nucleo Familiar
Además, aquellos trabajadores que no hayan superado durante periodo de enero a diciembre de 2022 los $840.345 y cumplan algunas de estas condiciones:
- Hayan recibido ingresos de más de una institución pagadora de forma simultánea y no hayan presentado el Formulario 3100.
- Hayan elegido por la reducción del 5% en los anticipos por el régimen de Nucleo Familiar.
En caso de elegir presentarlo por persona física deberán hacerlo con el Formulario 1102. En cambio, si optan por el Núcleo Familiar deberán hacerlo a través del 1103.
Trabajadores independientes
Los profesionales y no profesionales que hayan prestado sus servicios de forma independiente durante el año 2022 y no hayan tributado IRAE por esas rentas.
En este caso, estas personas deberán presentar para realizar la declaración jurada IRPF el formulario 1102 para personas físicas o el 1103 para el núcleo familiar. En el caso del IVA Servicios Personales, este será el formulario 1302.