Aumento de jubilaciones: cuánto voy a cobrar a partir de ahora

Recientemente el gobierno argentino, a través del ministro de Economía y la titular de la Administración Nacional de la Seguridad Social, anunció una suba del 20,92% para los haberes de los jubilados.

Bonos y refuerzos 

Además del aumento en las jubilaciones, se comunicó que se va a pagar un refuerzo para los haberes mínimos. Estos serán de $15.000, $17.000 y $20.000 en los meses de junio, julio y agosto, respectivamente. De esta forma, ningún jubilado va a cobrar menos de $87.000 a partir de la segunda mitad del 2023. 

En junio también se paga el medio aguinaldo, por lo que un jubilado que percibe la mínima cobrará adicionalmente $121.407 

A su vez, aquellos que cobren una jubilación de hasta dos haberes mínimos, recibirán un bono de $5000. 

Escalas 

A partir del incremento anunciado, la jubilación mínima pasará de $58.665 a $70.938, mientras que el haber máximo será de $477.347

En el periodo interanual (junio 2022- junio 2023), la jubilación mínima tendrá un incremento de 130% y en términos reales un 7%,  es decir, descontando la inflación durante ese periodo. 

Fechas de cobro 

Estos montos se empezarán a cobrar a partir del 8 de junio junto con el medio aguinaldo correspondiente y según la terminación del número de DNI. De esta forma, el calendario de pagos queda de la siguiente manera: 

DNI terminados en 0: 8 de junio

DNI terminados en 1: 9 de junio

DNI terminados en 2: 12 de junio

DNI terminados en 3: 13 de junio 

DNI terminados en 4: 14 de junio  

DNI terminados en 5: 15 de junio

DNI terminados en 6: 16 de junio

DNI terminados en 7: 19 de junio 

DNI terminados en 8: 20 de junio 

DNI terminados en 9: 21 de junio 

Futuros aumentos 

Según la legislación vigente, se deben otorgar cuatro ajustes en las jubilaciones por año (una por cada trimestre). En lo que va del 2023, este sería el segundo. El primero de los cuatro fue de 17,04% para el periodo que va de marzo a mayo, con un refuerzo para aquellos jubilados que perciben el haber mínimo. 

Cabe recordar que esta fórmula se basa en un 50% de la recaudación del ANSES y otro 50% de la variación salarial, de acuerdo a los valores del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y del índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). 

En esta oportunidad, el Estado tuvo en cuenta la evolución del índice RIPTE, la recaudación del ANSES y el aumento del índice de salarios que mide el INDEC. 

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