Prima de fin de año: cuándo y cómo se obtiene

Muchos colombianos ya cuentan los días para dar comienzo a una de las temporadas con mayor influencia de comercio, celebraciones y congregaciones en el año. Diciembre está muy cerca y las personas ya hacen cuentas de posibles gastos y de ingresos extras, como la prima salarial.

Es importante recordar que la prima de fin de año o de Navidad equivale a medio salario del empleado, en el que se añade (en los casos correspondientes) comisiones, auxilios de transporte y horas extras, según lo resaltado en el decreto de la Ley 1045 de 1978.

¿Cómo se obtiene el pago de la prima?

La forma correcta para obtener el valor de la última prima del año, de manera sencilla, es a través de un cálculo de los días laborados durante el segundo semestre, solo los que se cuentan como días hábiles. Una vez obtenido este dato se deberá multiplicar los días trabajados por el sueldo mensual y dividirlo entre 360.

Las personas que quieran saber cuánto tiempo se debe trabajar para tener derecho a prima navideña, deben tener en cuenta que este pago se hace por todo el semestre que haya cumplido con labores o una cifra proporcional al tiempo trabajado sobre el valor total del contrato.

Así pues, para los empleados o colaboradores que no lleven seis meses del contrato formal, la prima corresponderá al tiempo que lleven ejerciendo labores con su empleador, tiempo que como mínimo debe ser de tres meses.

Por otro lado, la fecha límite para el pago de esta prima del segundo semestre, que deben gestionar o cumplir los jefes y las compañías, será el 20 de diciembre de 2022, tiempo establecido para hacer cancelación del dinero correspondiente, por contrato, de sus empleados. Sin embargo, el empleador puede optar por pagarla antes, según lo explicado desde el Ministerio de Trabajo. En este sentido, los empleados pueden contar con los montos correspondientes extras para realizar las compras de fin de año y navidad sin necesidad de endeudarse o desestabilizar sus finanzas.

¿Qué pasa si no se abona la prima?

La Inspección del Trabajo de este ministerio puede imponer multas a aquel o aquellos que incumplan su obligación “por el no pago de prestaciones sociales”, las cuales podrán ser tasada entre 26,31 UVT a 131.565 UVT ($1.000.0000 a $5.000.000.000 valores 2022), de acuerdo con la gravedad evidenciada de esta infracción.

Además, si el contrato de trabajo se termina y el empleador no paga la prima de servicios junto con los demás compromisos laborales adeudados, “puede causarse una indemnización moratoria a la que se refiere el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo”, aseguró la cartera de Trabajo.

¿Cómo es el pago para trabajadores domésticos?

Según el Ministerio de Trabajo, el contrato de los empleados domésticos, así como aquellos que laboran por días o trabajadores de fincas, ya son calificados como formales por lo que el no cumplir con el pago de dicha prestación acarreará una sanción para el empleador.

“También tienen derecho al pago de prima de servicios quienes prestan servicios como trabajadores del hogar, realizando tareas como aseo, cocina, lavado, planchado; jardineros, choferes y niñeras”, detalla la cartera de Trabajo.

La obligatoriedad de los empleadores es el realizar este reconocimiento definido en la Ley 1788 del 7 de julio de 2016, de acuerdo con lo consagrado por el Convenio 189 de la OIT de 2011 y con lo dispuesto por la Corte Constitucional en la Sentencia C – 871 de 2014.

“En esta posición ocupacional en abril de 2022 la mayor parte de los ocupados eran mujeres 593 mil, es decir, un 93,4 %. Se recuperaron 157 mil empleos de mujeres en esta posición ocupacional respecto a abril de 2021 y en hombres 28 mil ocupados más”, concluyó el ministerio.

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