Nuevas restricciones a los dólares financieros: de qué se tratan

A través de la CNV, el Gobierno impuso nuevas trabas para la operatoria de los dólares financieros
La CNV aplicó nuevas restricciones a los dólares financieros

El gobierno argentino, a través de la Comisión Nacional de Valores (CNV) dispuso que a partir del 3 de agosto de 2023, quienes compren bonos soberanos en dólares (AL30 o GD30) para hacerse de dólares financieros (MEP y CCL) en contado inmediato o con plazo de liquidación de 24 horas, no podrán venderlos en el plazo de liquidación de 48 horas, en donde viene teniendo intervención el Banco Central (BCRA) para bajar el precio del dólar MEP. 

Qué busca el gobierno 

El fin de esta medida es limitar los arbitrajes (distorsiones de precios) que la propia CNV genera con la cantidad de regulaciones que viene aplicando desde el año 2020.

La nueva disposición que busca limitar el ente regulador es comprar un bono con dólares al instante y venderlos a las 48 horas, lo que dejaba una ganancia casi sin riesgo. 

Esa diferencia de precio llegó a estar en 2% en el segmento de 48 horas. 

De esta forma, nace una nueva cotización para el dólar MEP, una en contado inmediato y otra en 48 horas, siendo más rentable la segunda opción para adquirir dólares a través del broker u operador de bolsa. 

Regulaciones anteriores para los dólares financieros 

Cabe recordar que esta nueva regulación se suma a la ya impuesta hace poco tiempo por la CNV en la que si uno compra dólares MEP o Contado Con Liquidación (CCL) con cualquiera de los bonos mencionados anteriormente, por un periodo de 15 días no se podrán vender esos dólares contra otro activo financiero (bono, letra, CEDEARS, etc). Tampoco se puede por 15 días vender otro instrumento en dólares contra pesos (vender un activo en dólares para adquirir pesos, por ejemplo vender dólares financieros). 

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